AGROENER

El MITECO aprueba la ampliación de ayudas al autoconsumo, almacenamiento e instalaciones térmicas en 505 M€.

Agrovoltaica, Energía solar fotovoltaica, Subvenciones explotaciones agrarias

El MITECO aprueba la ampliación de ayudas al autoconsumo, almacenamiento e instalaciones térmicas en 505 M€.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha ampliado el Programa de ayudas al autoconsumo, almacenamiento e instalaciones térmicas renovables en 505 millones y Andalucía es una de las comunidades autónomas beneficiadas.

CC.AAAyuda Concedida inicialmente asignada (€)Ampliación Concedida (€)Tota Ayuda Concedida (€)
Andalucía104.847.686104.847.684209.695.370

El Real Decreto 477/2021 dejaba en manos de las comunidades autónomas la gestión de estas subvenciones hasta finales del año 2023. A día de hoy 10 comunidades han agotado los fondos que les había otorgado el ministerio, esta ha sido una de las principales razones para ampliar y promover aún más la utilización de las energías renovables.

El objetivo de esta ampliación de ayudas del MITECO

La línea de ayudas quiere servir para incorporar 1.850 MW de generación renovable al sistema, que permitan crear más de 25.000 empleos directos e indirectos, un crecimiento del PIB de 1,7 millones de euros por cada millón de ayuda y una reducción de las emisiones de CO2 en más de un millón de toneladas al año.

Con esta ampliación de ayudas aprobada, los autónomos se incluyen como beneficiarios de los subprogramas de impulso del autoconsumo y podrán desplegar instalaciones de autoconsumo en un lugar de trabajo distinto de su vivienda, además de contar con la opción de que en las ampliaciones de presupuesto se les reserve un cupo específico.

Otro sector beneficiado y con el objetivo de afrontar el reto demográfico, son los municipios con menos de 5.000 habitantes y los municipios con menos de 20.000 habitantes en entornos rurales cuyos diferentes núcleos de población tengan menos de 5.000 habitantes, en los cuales se incrementan un 5% todos estos conceptos.

Además, se flexibiliza la capacidad de almacenamiento que se permite instalar, pasando a 2 kWh/kW a 5 kWh/kW, en consonancia con la creciente generalización de soluciones de almacenamiento. Del mismo modo, se amplía la gama de bombas de calor que son elegibles en el programa, para facilitar un mayor despliegue de esta tecnología, ampliando así los equipos que se permiten instalar.

Las principales modificaciones introducidas por el Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, son:

  • Incluir a las personas físicas que realicen alguna actividad económica (autónomos) en los programas de incentivos 1, 2 y 3.
  • Permitir que las ampliaciones de presupuesto que puedan llevarse a cabo puedan prever una reserva para determinados destinatarios últimos en determinados programas.
  • Facilitar el modelo de empresa ESE y clarificar la definición de los programas en lo relativo a actuaciones realizadas para un tercero y el autoconsumo colectivo.
  • Permitir que en los programas de incentivos 1, 2 y 3 pueda ser una empresa la que realice instalaciones para particulares u otras empresas en cualquier ubicación.
  • Flexibilizar la capacidad de almacenamiento que se permite instalar. Se aumenta el ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación, pasando de 2 kWh/kW a 5 kWh/kW.
  • Inclusión de la leña como combustible susceptible de ser usado en instalaciones de biomasa. Estaba limitado solo a pellets, dejando fuera una parte importante de la España rural. Se mantienen los requisitos de Ecodiseño y de DNSH.
  • Simplificación en requerimientos de monitorización, especialmente para actuaciones del programa 6 de implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.
  • Mejoras técnicas de redacción en algunos apartados, entre ellos el Anexo III. Costes subvencionables máximos, costes de referencia y cuantía de las ayudas.

Las ayudas varían en función del beneficiario y del tipo de instalación:

  • Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
  • Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
  • Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.
Fotovoltaica para autoconsumo sobre cubierta en nave industrial para uno de nuestros clientes. Lugar: Alcalá de Guadaira (Sevilla)

 

CONCEPTOREQUISITOS 

Cuantía de las ayudas

(Anexo II al Real Decreto)

El importe de la ayuda a otorgar será la suma de la Ayuda Base y la Ayuda Adicional que pudiera corresponder en cada caso.

Para los programas de incentivos 1, 2 y 3, las ayudas se calcularán como un porcentaje sobre el total de costes subvencionables. Para los programas de incentivos 4, 5 y 6, las ayudas se otorgarán como importes fijos unitarios o «módulos» que cubrirán parcialmente los costes subvencionables.

Los valores de costes subvencionables unitarios máximos e intensidades de ayuda o módulos aplicar en cada uno de los programas son los siguientes:

Programas de incentivos 1 y 2

  • Instalación fotovoltaica autoconsumo: 460 – 1.188 €/kWp (15 – 45 % ayuda sobre coste subvencionable)
  • Instalación eólica autoconsumo: 1.070 – 4.723 €/kW (20 – 50 % ayuda sobre coste subvencionable)
  • Incorporación almacenamiento autoconsumo: 200 – 700 €/kWh (45 – 65 % ayuda sobre coste subvencionable)

Programas de incentivos 3

  • Incorporación almacenamiento autoconsumo en instalaciones existentes: 200 – 700 €/kWh (45 – 65 % ayuda sobre coste subvencionable)

Programas de incentivos 4

Sector residencial

  • Instalación fotovoltaica autoconsumo: 300 – 600 €/kWp
  • Instalación eólica autoconsumo: 650 – 2.900 €/Kw
  • Incorporación almacenamiento autoconsumo: 140 – 490 €/kWh

Administraciones públicas y tercer sector

  • Instalación fotovoltaica autoconsumo: 500 – 1.000 €/kWp
  • Instalación eólica autoconsumo: 1.150 – 4.100 €/kW
  • Incorporación almacenamiento autoconsumo: 140 – 490 €/kWh

Programas de incentivos 5

  • Incorporación almacenamiento autoconsumo en instalaciones existentes: 140 – 490 €/kWh

Programas de incentivos 6

Sector residencial

  • Instalaciones aerotérmicas: 500 €/kW (3.000 €/vivienda)
  • Instalación solar térmica: 450 – 900 €/kW (550 – 1.800 €/vivienda)
  • Biomasa: 250 €/kW (2.500 – 3.000 €/vivienda)
  • Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas: 1.600 – 2.250 €/kW (9.000 – 13.500 €/vivienda)

Viviendas de propiedad pública y tercer sector

  • Instalaciones aerotérmicas: 650 €/kW (3.900 €/vivienda)
  • Instalación solar térmica: 650 – 950 €/kW (820 – 1.850 €/vivienda)
  • Biomasa: 350 €/kW (3.500 – 4.200 €/vivienda)
  • Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas: 1.700 – 2.250 €/kW (9.550 – 13.500 €/vivienda)

Incompatibilidad de las ayudas

Las ayudas de los programas de incentivos que se aprueban por este real decreto serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Sobre esta ampliación de ayudas al autoconsumo del MITECO

Como conclusión, este es el momento perfecto para dar el paso, puesto que las ayudas a los proyectos de autoconsumo en fotovoltaica son escasas. Así que, si es algo que ya te estabas planteando, ¡aprovecha esta oportunidad única!

En Agroener, como especialistas en agrovoltaica, podemos ayudarte, tanto realizando un estudio de tu caso ¡gratuito y sin compromiso!, como llevando a cabo la tramitación de toda la documentación necesaria para solicitar estas ayudas y su posterior ejecución y correspondiente mantenimiento, siempre que la resolución de las ayudas te convenza.

Para más información, ¡no dudes en contactar con nosotros!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Nosotros

Agroener nace dentro de un grupo de empresas especializadas en los sectores de energía, agua y medio ambiente.

Contáctanos

Si tienes alguna consulta, o bien, quieres recibir un presupuesto, escríbenos…